Heredar una propiedad en vida es legalmente posible mediante un procedimiento denominado anticipo de legítima o herencia anticipada.
La abogada Olga Alcántara, de Todo Legal, indicó que este se tramita a través de un contrato de donación.
Cabe destacar, que solo pueden participar de esta transferencia de bienes los herederos forzosos, que son los hijos y los descendientes (nietos), padres y ascendientes (abuelos) y el cónyuge.
El padre o la madre puede ceder la propiedad a un solo hijo. Sin embargo, Marco Vidal, del estudio Vidal Zapata Abogados, recalcó que existe una parte de la herencia de la que no se puede disponer libremente.
“Si tiene cónyuge o más hijos, debe preservarse el 66,6% de los bienes y si tiene padres y otros ascendientes, el 50%. Todo porcentaje que exceda a los señalados anteriormente y que haya sido entregado mediante liberalidad se considera una afectación a la legítima (herencia) y, por tanto, deberá regresar a la masa hereditaria”, explicó Vidal.
El trámite
Para efectuar este trámite se presenta una minuta de donación autorizada por un abogado, la partida de nacimiento del hijo, la partida de matrimonio de los padres; y los siguientes documentos de la propiedad:
La HR (hoja de resumen) y el PU (predio urbano), pago del impuesto predial del año de la celebración del contrato y partida registral del predio.
Estos documentos se presentan ante un notario, quien elevará la minuta a escritura pública, para esto se hace la transcripción de la minuta en hojas membretadas, se agregan párrafos de ley que avalen la transferencia y luego el notario firma y sella cada página.
Este proceso cuesta entre S/ 900 y S/ 1000. Puede durar como máximo de uno a dos meses. Posteriormente , se puede inscribir la propiedad en los registros públicos.
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