¡Es oficial! El Poder Ejecutivo publicó hoy el reglamento de la ley de arrendamiento que regula las modalidades de alquiler tradicional, leasing inmobiliario y alquiler con opción de compra.
Mediante un decreto supremo emitido en El Peruano, se reafirmó que el reglamento de esta ley tiene carácter único de vivienda y no será aplicado para actividades industriales, comerciales, artesanales, profesionales, etc.
El reglamento para el leasing inmobiliario y el alquiler-venta ofrece modelos para los formularios que exige la ley de arrendamiento, como el Formulario Único de Arrendamiento, (FUA), Formulario Único de Arrendamiento con Opción de compra de inmueble (FUAO) y Formulario Único de Arrendamiento – financiero (leasing) (FUAL).
El reglamento brinda seguridad jurídica tanto a arrendatarios como a arrendadores, según indicó el ministro de Vivienda, Francisco Dumler.
También se establecen modelos de contratos para el arrendamiento de vivienda, tanto para aquellos con opción de compra, como para el leasing inmobiliario.
Los bancos deberán adaptarse
Francisco Dumler, ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, espera que los bancos desarrollen sus productos financieros sobre la base de las modalidades que ofrece esta ley para atraer a sus propios públicos objetivos, quienes no son considerados usuarios plenos del sistema financiero porque tienen ingresos irregulares o un mal historial crediticio.
En declaraciones para RPP, el titular del MVCS indicó que el reglamento también va a permitir a los desarrolladores inmobiliarios colocar un importante porcentaje de viviendas en stock.
“Hemos hecho diversas reuniones con el sector financiero y el diagnóstico es el mismo: hay un déficit habitacional cerca de 2 millones de viviendas y, según un estudio del BID, solo 7% de las viviendas están alquiladas en el Perú, es uno de los ratios más bajos de la región”.
Destacó, además, que el reglamento brinda seguridad jurídica tanto a arrendatarios como a arrendadores, quienes, actualmente, tienen insuficiente información sobre antecedentes y protección de sus derechos de propiedad.
Fuente: El Comercio.pe / Gestion.pe
Me gustaría obgtener los Regamentos porque tenga departamentos nuevos para vender o alquilar .
Hola, Gerardo, te contamos qué dice el reglamento sobre el contrato de alquiler en este link.
https://urbania.pe/blog/noticia/contrato-de-arrendamiento-vivienda-reglamento/
Gracias por comentar.
Después de cuantos años de contrato el inquilino puede efectuar la operación de compra y si el dinero pagado por el alquiler forma parte de la inicial o representa la inicial de la vivienda.
Saludos.
Hola, Carlos, el tiempo es determinado entre el dueño del inmueble y el inquilino en el respectivo formulario.
Puedes enterarte de todos los detalles en el siguiente link.
https://urbania.pe/blog/noticia/contrato-de-arrendamiento-con-opcion-de-compra-que-debes-saber/
Saludos.