Comprueba que el estatuto interno de tu edificio o condominio establezca cuáles son las faltas, y qué sanciones recibirá quien incurra en ellas.

Acostumbrarse a vivir en comunidad no es sencillo, pues los hábitos de algunas familias pueden alterar la tranquilidad y crear graves problemas. Si vives en un departamento, en esta nota te decimos qué debes hacer para que tu edificio o condominio no se convierta en un campo de batalla.

“Por lo general, el descontento se relaciona con la emisión de ruidos excesivos a altas horas de la noche, el mal uso de las áreas comunes y el incumplimiento del horario para retirar la basura”, indica Miguel Tami, de Inversiones Centenario. Agrega que si bien se recomienda recurrir al reglamento interno del edificio para solucionar el inconveniente, en muchos casos las sanciones no se contemplan en ese documento.

Si este fuera su caso, la abogada Carla Peralta, de Aldea Urbana, explica que la directiva o el presidente de la junta de propietarios pueden redactar un reglamento de convivencia en el que se estipule cuáles son las medidas y sanciones que se deben aplicar en cada caso. Luego de la aprobación por parte de todos los propietarios, es posible hacerlas efectivas.

PASO A PASO
Tami indica que si tiene quejas sobre algún vecino, lo primero que debe hacer es comunicárselas a los responsables administrativos para que conversen con él y solucione el impase. Si esto no funciona y la conducta es reiterativa, se fijará la sanción correspondiente. “Se recomienda que durante este proceso deje constancia del impase, ya sea con cartas notariales o con la presencia de la policía o del serenazgo; de este modo si el problema persiste, esto puede servir de apoyo para una posible acción legal”, explica.

FALTA DE PAGO
Otro problema que suele darse y que genera malestar y perjudica a todos los propietarios es el incumplimiento en el pago de la cuota de mantenimiento de las áreas comunes. Si este es un caso extremo, la junta de propietarios puede solicitar una acción legal pidiendo el embargo de la vivienda para que luego de su remate se cobre lo adeudado. Hay que destacar que para llevar a cabo este proceso es preciso que la junta de propietarios esté formalmente escrita en los registros públicos.

 

MÁS INFORMACIÓN
Aldea Urbana
aldeaurbana.com.pe

Inversiones Centenario
centenario.com.pe